Conoce más sobre las medidas sanitarias
Preguntas y respuestas sobre las medidas por el estado de emergencia
¿Desde cuándo rigen las nuevas medidas preventivas ante la segunda ola de la pandemia?
Rigen desde las 00:00 m. del 31 de enero hasta las 23:59 p. m. del 28 de marzo de 2021.
Luego de evaluar la situación de todos los departamentos del país, y en coordinación con sus autoridades regionales y locales, el Gobierno de transición y emergencia actualizó los niveles de alerta sanitaria así como las medidas preventivas para contener el avance de la segunda ola de la Covid-19.
¿Cuáles son los nuevos niveles de alerta sanitaria según provincias y qué implican?
Los niveles de alerta definen las siguientes medidas que rigen según la región y provincia en la que te encuentres, del 1 al 28 de marzo de 2021.
Inmovilización social obligatoria: no podrás movilizarte por la calle de acuerdo al nivel de alerta del lugar donde vives en los siguientes horarios:
- Extremo: de lunes a sábado de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. Los domingos durante las 24 horas.
- Muy alto: de lunes a domingo de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Alto: de lunes a domingo de 10:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Moderado: de lunes a domingo de 11:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Restricción vehicular: en las zonas con nivel de alerta extremo, muy alto y alto se prohíbe el uso de vehículos particulares durante los días domingos.
Puedes salir solo si trabajas en las actividades económicas permitidas según tu región con tu pase laboral. También, si tienes una cita médica, si necesitas atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo tu vida o salud, o para adquirir medicamentos.
¿Qué indicadores se evaluaron para establecer los niveles de alerta por provincias?
Principalmente, los indicadores sanitarios, sociales y económicos de cada departamento. Como se anunció el pasado 13 de enero, en cada departamento, se aplicarían medidas diferenciadas, dependiendo de las características que cada departamento presente. De esta manera, se busca un equilibrio entre la atención oportuna de las personas afectadas con el virus, el abastecimiento de víveres y artículos de primera necesidad y el desarrollo de las actividades económicas esenciales.
¿Qué es la inmovilización social obligatoria?
Es una medida que te exige permanecer en casa de acuerdo al lugar donde vives.
Según las últimas disposiciones del Gobierno, la inmovilización social obligatoria del 1 al 28 de marzo será de la siguiente manera:
- Nivel de alerta extremo: de lunes a sábado de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. Los domingos durante las 24 horas.
- Nivel de alerta muy alto: de lunes a domingo de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Nivel de alerta alto: de lunes a domingo de 10:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
- Nivel de alerta moderado: de lunes a domingo de 11:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente.
¿Qué medidas se han tomado para los vuelos internacionales?
Hasta el 31 de marzo de 2021, se suspenden los vuelos de pasajeros provenientes de los destinos con una duración mayor a ocho (08) horas, así como los vuelos procedentes de Brasil. (Resolución Ministerial N° 174-2021-MTC)
Además, se suspende hasta el 28 de marzo de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes procedentes de Europa, Sudáfrica o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares.
¿Qué medidas se han tomado para los vuelos dentro del país?
Los vuelos desde y hacia las regiones, en los cuatro niveles de alerta, sí están permitidos. (Resolución Ministerial N° 112-2021-MTC).siguiente.
¿Qué sucede con los infractores a las disposiciones sanitarias?
Los infractores a las disposiciones sanitarias que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado, así como ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario, salvo que exista causa justificada en cualquiera de los casos, supuestos en los cuales la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada (Decreto Supremo 008-2021-PCM).